Órganos de debate sectorial

Comisiones permanentes

Directos y videoteca

Las sesiones de las comisiones permanentes están disponibles en nuestra plataforma multimedia ACCESO MULTIMEDIA

ÓRGANOS DE DEBATE SECTORIAL

18 diputados y diputadas

Las comisiones, salvo precepto en contrario, están integradas por los miembros que designen los grupos parlamentarios en el número que fije la Mesa de las Cortes, de acuerdo con la Junta de Portavoces, que será proporcional a la importancia numérica de cada formación en la Cámara. Todos los grupos parlamentarios tendrán derecho a contar, como mínimo, con un representante en cada Comisión. En esta X Legislatura, según la representación de cada Grupo fijada por Acuerdo de la Mesa y la Junta de Portavoces de 3 de julio de 2019, la distribución es la siguiente:

  • G. P. Socialista: 6 diputados
  • G. P. Popular: 4 diputados
  • G. P. Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía: 3 diputados
  • G. P. Podemos EQUO Aragón: 1 diputado
  • G. P. Chunta Aragonesista: 1 diputado
  • G. P. Vox en Aragón: 1 diputado
  • G. P. Aragonés: 1 diputado
  • G. P. Mixto: 1 diputado

Cada Comisión elige, de entre sus miembros, una Mesa, formada por un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario, cuya misión es coordinar los trabajos de la Comisión y convocar y dirigir sus reuniones.

En la X Legislatura, tras la decisión tomada por el Pleno de las Cortes a propuesta de la Mesa y Junta de Portavoces, las comisiones permanentes de las Cortes de Aragón son las siguientes:

eComisiones

Información de interés para el trabajo parlamentario en las comisiones de las Cortes de Aragón. Ir a

Actualidad de las comisiones:

El dictamen del proyecto de ley de perros de asistencia en Aragón queda listo para su debate en la sesión plenaria extraordinaria

El dictamen del proyecto de ley de perros de asistencia en Aragón queda listo para su debate en la sesión plenaria extraordinaria

La Comisión de Ciudadanía y Derechos Sociales ha aprobado este martes el informe que ha elaborado la ponencia y ha elegido a la coordinadora de los trabajos, Pilimar Zamora (PSOE), para defender el dictamen ante el Pleno

El vocal del AMPA del Instituto Conde Aranda de Alagón reclama la “reforma integral” del centro

El vocal del AMPA del Instituto Conde Aranda de Alagón reclama la “reforma integral” del centro

Jesús Gustrán, en su intervención ante la Comisión de Comparecencias Ciudadanas del Parlamento autonómico, ha denunciado que “la insuficiencia de espacios ha llevado a habilitar barracones, con el perjuicio que ello supone para los alumnos”

La Asociación de Acogimientos Familiares de Aragón pide mayor “implicación por parte de las instituciones” para igualar sus derechos al resto de modelos de familia

La Asociación de Acogimientos Familiares de Aragón pide mayor “implicación por parte de las instituciones” para igualar sus derechos al resto de modelos de familia

El presidente de esta asociación, Jaime Martínez Navea, ha intervenido esta mañana en la Comisión de Comparecencias Ciudadanas de las Cortes para informar sobre el acogimiento familiar y el necesario compromiso de los poderes públicos

La Cámara da salida al Informe de la Ponencia de Relaciones con la Cámara de Cuentas en relación con la fiscalización de la CARTV

La Cámara da salida al Informe de la Ponencia de Relaciones con la Cámara de Cuentas en relación con la fiscalización de la CARTV

Los miembros que componen el órgano sectorial han dado luz verde a este informe elaborado por la Ponencia de relaciones con la Cámara de Cuentas del Parlamento aragonés, tras incorporar las propuestas de resolución planteadas desde los distintos grupos parlamentarios

La Comisión Institucional da luz verde al informe de la Ponencia que estudia el proyecto de ley de dinamización del medio rural de Aragón

La Comisión Institucional da luz verde al informe de la Ponencia que estudia el proyecto de ley de dinamización del medio rural de Aragón

El nuevo documento, que tiene como objetivo garantizar los servicios mínimos básicos y esenciales e impulsar las actividades socioeconómicas con el fin de lograr la igualdad de oportunidades, será presentado ante el Pleno por el parlamentario Darío Villagrasa

Las Cortes reclaman que el Gobierno central preste apoyo y cobertura legal en la instalación de videocámaras de seguridad en los municipios que lo soliciten

Las Cortes reclaman que el Gobierno central preste apoyo y cobertura legal en la instalación de videocámaras de seguridad en los municipios que lo soliciten

La iniciativa, presentada por el parlamentario popular José Antonio Lagüéns, ha contado con una enmienda de los grupos que integran el Gobierno, que ha sido aceptada y transaccionada, y, finalmente, ha obtenido el apoyo de todo el arco parlamentario

El Parlamento aragonés insta a implantar un servicio de guardia psicológica especializada para las víctimas de violencia de género

El Parlamento aragonés insta a implantar un servicio de guardia psicológica especializada para las víctimas de violencia de género

La proposición no de ley impulsada por Ciudadanos para implantar un servicio de acompañamiento y asistencia a la víctima en las diligencias policiales y judiciales ha sido aprobada con los votos a favor de todos los grupos excepto Vox, que se ha abstenido

El director general de Derechos de los Usuarios asegura que la regulación de la eutanasia “trae un nuevo derecho en el ámbito de la autonomía del paciente”

El director general de Derechos de los Usuarios asegura que la regulación de la eutanasia “trae un nuevo derecho en el ámbito de la autonomía del paciente”

Juan Ignacio Coll ha remarcado que Aragón cuenta con “treinta y nueve casos” desde la implantación de la Ley, de los cuales “quince" se han aprobado, y ha destacado que en Teruel y Barbastro “no hay solicitudes”

Las comisiones en el Reglamento: Título IV - Capítulo V

Disposiciones generales

Artículo 67. Tipos de comisiones

1. Las Cortes de Aragón constituirán en su seno Comisiones, que podrán ser permanentes y no permanentes.
2. Las Comisiones permanentes podrán ser, a su vez, legislativas y no legislativas.
3. Las Comisiones no permanentes podrán ser, a su vez, Comisiones de investigación o especiales para el estudio de un asunto concreto.

Artículo 68. Composición

1. Las Comisiones, salvo precepto en contrario, estarán integradas por los miembros que designen los grupos parlamentarios o agrupaciones parlamentarias en el número que, respecto de cada uno de ellos, fije la Mesa de las Cortes, de acuerdo con la Junta de Portavoces, de forma proporcional a la importancia numérica de aquellos en la Cámara. Todos los grupos parlamentarios tendrán derecho a contar, como mínimo, con un representante en cada Comisión.
2. Los grupos parlamentarios o agrupaciones parlamentarias podrán sustituir a uno o a varios de sus miembros adscritos a una Comisión por otro u otros pertenecientes a los mismos, previa comunicación por escrito a la Presidencia de las Cortes. Si la sustitución fuera solo para un determinado asunto o sesión, la comunicación se hará verbalmente o por escrito a la Presidencia de la Comisión, y, si en ella se indicara que tiene carácter meramente eventual, esta admitirá como miembro de la Comisión, indistintamente, al sustituto o al sustituido.
3. No procederá la suplencia de los miembros de las Comisiones de investigación.

Artículo 69. Mesas de las comisiones

1. Con las excepciones establecidas en este Reglamento, las Comisiones elegirán de entre sus miembros una Mesa, que estará compuesta por una Presidencia, una Vicepresidencia y una Secretaría.
2. Al inicio de cada legislatura, la Mesa y Junta de Portavoces podrán realizar una propuesta de distribución del número de puestos en las Mesas de las Comisiones que puedan corresponder a los diferentes grupos parlamentarios, reflejando proporcionalmente la representatividad de cada uno de ellos en la Cámara.
3. Para la fijación del orden del día de las Comisiones se constituirá una Mesa ampliada, formada por los miembros de la Mesa de la Comisión y los Portavoces de los grupos parlamentarios o agrupaciones parlamentarias no representados en la misma, que adoptará sus acuerdos mediante voto ponderado. En los casos en que así se requiera por el número de iniciativas pendientes de tramitación, podrán aplicarse a la elaboración del orden del día las normas que respecto al número máximo de iniciativas por grupo parlamentario, se fijen, de acuerdo con el artículo 115, para el Pleno de la Cámara.
4. La no asistencia, habiendo sido convocados, de alguno de los Portavoces de los grupos parlamentarios o agrupaciones parlamentarias no representados en la Mesa no impedirá la fijación del orden del día.
5. En caso de ausencia, la Presidencia de las Comisiones será ejercida por la Vicepresidencia.
6. La Vicepresidencia de las Comisiones podrá ser ejercida, con carácter excepcional, por otro Diputado perteneciente a su grupo parlamentario, previa comunicación a la Mesa de la Comisión.
7. En ausencia del Secretario, ejercerá sus funciones un miembro de la Comisión perteneciente al mismo grupo parlamentario.

Artículo 70. Elección de los miembros de las Mesas

1. La elección de la Presidencia de la Comisión será secreta por papeletas. Cada Diputado escribirá un solo nombre en la papeleta, resultando elegido el que obtenga mayor número de votos.
2. La elección de la Vicepresidencia y la Secretaría de la Comisión se realizará simultáneamente. Cada Diputado escribirá un solo nombre en la papeleta, resultando elegido para la Vicepresidencia el que obtuviera mayor número de votos y, para la Secretaría, el siguiente en número de votos.
3. Si en alguna votación se produjera empate, se resolverá conforme a lo establecido en el artículo 19 de este Reglamento.

Artículo 71. Cese de los miembros de las Mesas

1. Los miembros de las Mesas de las Comisiones cesarán en su condición de tales por alguna de las siguientes causas:

a) Al perder su condición de Diputado por cualquiera de los motivos establecidos en este Reglamento.
b) Por renuncia expresa.
c) Al dejar de pertenecer a su grupo parlamentario.
d) Al dejar de pertenecer a la Comisión.

2. Las vacantes que se produzcan en las Mesas de las Comisiones durante la legislatura se cubrirán mediante elección conforme a las normas establecidas en el artículo anterior, adaptando sus disposiciones al número de vacantes a cubrir. La propuesta de nuevo candidato corresponderá al grupo parlamentario al que pertenezca o hubiera pertenecido el Diputado que ha generado la vacante.

Artículo 72. Convocatoria de las Comisiones

1. Las Comisiones serán convocadas por su Presidencia a iniciativa propia, de acuerdo con la de las Cortes, a petición de dos grupos parlamentarios o de una quinta parte de los miembros de la Comisión.
2. La convocatoria de las Comisiones se realizará con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, sin perjuicio de que su Presidencia, en casos de urgencia apreciada por la Mesa de la Comisión, pueda proceder a su convocatoria en un plazo inferior.
3. La Presidencia de las Cortes podrá convocar y presidir cualquier Comisión, aunque solo tendrá derecho a voto en aquellas de las que forme parte o cuando asista en sustitución de un Diputado de su grupo.
4. Las Comisiones se entenderán válidamente constituidas cuando estén presentes, al menos, la mitad más uno de sus componentes.
5. Las Comisiones no podrán reunirse al mismo tiempo que el Pleno de las Cortes.
6. La Presidencia de las Cortes, de acuerdo con la Junta de Portavoces, podrá convocar dos o más Comisiones en sesión conjunta para tratar un asunto determinado. La sesión conjunta será presidida por la Mesa de las Cortes.
7. Las Comisiones se ajustarán a las líneas generales de actuación de la Cámara y al calendario de actividades de las mismas fijados por la Mesa de las Cortes para cada periodo de sesiones.

Artículo 73. Competencias de las Comisiones

1. Las Comisiones intervendrán en todos aquellos asuntos, proyectos y proposiciones de ley que, de acuerdo con su competencia, les encomiende la Mesa de las Cortes.
2. La Mesa de las Cortes, por propia iniciativa o a petición de una Comisión interesada, oída la Junta de Portavoces, podrá acordar que una o varias Comisiones informen previamente sobre una cuestión que sea de la competencia principal de otra.
3. El Pleno, por mayoría absoluta, a propuesta de la Mesa, de acuerdo con la Junta de Portavoces, podrá delegar asimismo en las Comisiones permanentes legislativas la aprobación de proyectos o proposiciones de ley, en cuyo caso la Comisión correspondiente actuará con competencia legislativa plena.

Artículo 74. Plazo para la tramitación de los asuntos

1. Las Comisiones deberán concluir la tramitación de cualquier asunto en un plazo máximo de dos meses, excepto en aquellos casos en que las leyes o el presente Reglamento impongan un plazo distinto, o la Mesa de las Cortes, oída la Junta de Portavoces y atendidas las circunstancias excepcionales que puedan concurrir, acuerde ampliarlo o reducirlo.
2. En caso de incumplimiento manifiesto de los plazos previstos, la Mesa, oída la Junta de Portavoces, debatirá la cuestión y adoptará las medidas que considere oportunas para lograr la inmediata finalización de los trabajos.

Artículo 75. Solicitud de información, de documentación y de comparecencia de personas

1. Las Comisiones o sus Mesas, por delegación de aquellas, podrán, por conducto de la Presidencia de las Cortes:

a) Recabar la información y la documentación que precisen de la Diputación General y aquella que obre en poder de las entidades locales de la Comunidad Autónoma en relación con materias que afecten a competencias de la Comunidad Autónoma de Aragón.
b) Solicitar de la Administración del Estado información y documentación en relación con materias que afecten a competencias de la Comunidad Autónoma de Aragón. En particular, podrán requerir información de las autoridades del Estado responsables de la transferencia de competencias a la Comunidad Autónoma y de los medios materiales y personales vinculados a las mismas.
c) Solicitar de los organismos e instituciones de la Unión Europea información y documentación sobre materias de interés para la Comunidad Autónoma de Aragón.
d) Requerir la presencia ante la Comisión de los miembros de la Diputación General y responsables de entidades del sector público aragonés, en los términos establecidos en este Reglamento, así como de las autoridades y funcionarios públicos competentes por razón de la materia objeto de debate, para que informen a la Comisión acerca de los asuntos sobre los que fueran consultados.
e) Solicitar la comparecencia de otras personas físicas o representantes de personas jurídicas competentes en la materia objeto del debate para que informen y asesoren a la Comisión.

2. Si los funcionarios o las autoridades no comparecieran ni justificaran su incomparecencia en el plazo y la forma establecidos por la Comisión o por su Mesa, o no se respondiera a la petición de información o documentación en el plazo prescrito en el artículo 34 de este Reglamento, la Presidencia de las Cortes lo comunicará a la autoridad o funcionario superior correspondiente, por si procediera exigirles alguna responsabilidad.
3. Las solicitudes de comparecencia de representantes de colectivos sociales, personas físicas o representantes de personas jurídicas serán calificadas por la Mesa de las Cortes, que las trasladará a la Comisión de Comparecencias Ciudadanas y Derechos Humanos o a la Comisión que resulte competente por razón de la materia, y serán sustanciadas con arreglo a lo dispuesto en este Reglamento.

Artículo 76. Asesoramiento técnico-jurídico a las Comisiones

Los letrados de las Cortes prestarán a las Comisiones y a sus Mesas y Ponencias el asesoramiento técnico-jurídico necesario para el mejor cumplimiento de las tareas que les sean encomendadas, y redactarán los correspondientes informes y dictámenes, recogiendo en la forma que proceda los acuerdos adoptados.

 

Comisiones permanentes

Artículo 77. Comisiones permanentes

Son Comisiones permanentes de las Cortes de Aragón las que acuerde el Pleno de las Cortes de acuerdo con lo dispuesto en el artículo siguiente y, en todo caso, las siguientes:

a) Comisión de Reglamento y Estatuto de los Diputados.
b) Comisión de Comparecencias Ciudadanas y Derechos Humanos.
c) Comisión Institucional y de Desarrollo Estatutario.

Artículo 78. Constitución de las Comisiones permanentes para la legislatura

1. El Pleno de las Cortes, a propuesta de la Mesa de la Cámara de acuerdo con la Junta de Portavoces o a petición de dos grupos parlamentarios, acordará el número y denominación de las Comisiones permanentes para la legislatura, tomando como base la estructura departamental del Gobierno de Aragón.
2. No obstante, podrá acordarse en la misma forma prevista en el apartado anterior la constitución de otras Comisiones permanentes o la agrupación o división de las mismas.

Artículo 79. Disolución.

Las Comisiones solo podrán ser disueltas durante la legislatura cuando lo acuerde el Pleno de las Cortes, a propuesta de la Mesa de la Cámara de acuerdo con la Junta de Portavoces.

Artículo 80. Comisión de Reglamento y Estatuto de los Diputados

1. La Comisión de Reglamento y Estatuto de los Diputados conocerá, en todo caso, de las cuestiones relativas a la adquisición y pérdida de la condición de Diputado de las Cortes de Aragón, así como de las referentes a sus derechos, deberes y prerrogativas.
2. La Mesa de la Comisión de Reglamento y Estatuto de los Diputados será la Mesa de las Cortes, y la Comisión se integrará, además, por los Diputados que designen los grupos parlamentarios, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de este Reglamento.

Artículo 81. Comisión de Comparecencias Ciudadanas y Derechos Humanos

1. La Comisión de Comparecencias Ciudadanas y Derechos Humanos tramitará las solicitudes de comparecencia ante la Cámara de representantes de colectivos sociales, personas físicas o representantes de personas jurídicas, de acuerdo con lo dispuesto en el presente Reglamento.
2. Asimismo, la Comisión de Comparecencias Ciudadanas y Derechos Humanos será la competente para la tramitación de las solicitudes que remitan los ciudadanos en ejercicio del derecho de petición, en la forma regulada en el presente Reglamento.

Artículo 82. Comisión Institucional y de Desarrollo Estatutario

Sin perjuicio de sus funciones como Comisión permanente de las Cortes, corresponde, en todo caso, a la Comisión Institucional y de Desarrollo Estatutario:

a) La tramitación de los proyectos y proposiciones de ley relacionados con el desarrollo institucional del Estatuto de Autonomía de Aragón y, en todo caso, de los relativos a la conservación, modificación y desarrollo del Derecho foral aragonés.
b) Las relaciones entre las Cortes y el Justicia de Aragón.
c) Las relaciones entre las Cortes y la Cámara de Cuentas de Aragón.
d) Las relaciones entre las Cortes y la Agencia de Integridad y Ética Públicas.
e) Las relaciones entre las Cortes y los Senadores en representación de la Comunidad Autónoma y el poder judicial en Aragón.
f) El ejercicio del control parlamentario de la actuación de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión.
g) Cualesquiera otras funciones relacionadas con las instituciones de la Comunidad Autónoma o con el desarrollo del Estatuto de Autonomía de Aragón.