CON DEDICACIÓN EXCLUSIVA
Dedicación plena, tienen una asignación mensual a la que se añaden diferentes complementos en función de su responsabilidad en el parlamento y una indemnización en función de su lugar de residencia, con el objeto de sufragar sus gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento
SIN DEDICACIÓN EXCLUSIVA
Compatibilizan su labor con otras actividades públicas o privadas, por lo que reciben percepciones en relación a su presencia en los actos parlamentarios y de representación, los gastos por la estancia fuera de la residencia habitual o el uso de medios de transporte en razón a estas labores
CARACTERÍSTICAS Y CIFRAS INDIVIDUALES
Navega para descubrir las cuantías de cada modeloLos diputados y diputadas que se acogen al régimen económico con dedicación exclusiva tienen una asignación mensual a la que se añaden diferentes complementos en función de su responsabilidad en el parlamento y de una indemnización por su lugar de residencia, con el objeto de sufragar sus gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento.
Las cuantías de estos conceptos son determinadas por la Mesa de las Cortes, oída la Junta de Portavoces, para cada ejercicio presupuestario.
Los diputados y diputadas de las Cortes de Aragón que no optan por la dedicación exclusiva tienen derecho a la percepción de indemnizaciones en concepto de:
ASISTENCIAS
Compensa la dedicación a través de su presencia en los actos parlamentarios y de representación
DIETAS
Se devenga diariamente para los gastos por la estancia fuera de la residencia habitual
GASTOS DE VIAJE
Utilización de cualquier medio de transporte en razón al trabajo parlamentario o de representación
Las cuantías de estos conceptos son determinadas por la Mesa de las Cortes, oída la Junta de Portavoces, para cada ejercicio presupuestario.