Respuesta escrita de la Consejera de Ciudadan铆a y Derechos Sociales a la Pregunta n煤m. 420/22, relativa a la transparencia de la Residencia Villa de Ejea (BOCA n煤m. 218, de 25/05/2022).

La Residencia Villa de Ejea, cuyo titular era la Asociaci贸n Virgen de la Oliva fue objeto de intervenci贸n por causas epidemiol贸gicas, dado el elevado contagio de residentes por COVID-19.

Entre los contagios se encontraba el equipo directivo del centro, incluido el director. A ra铆z de la intervenci贸n se constat贸 la fragilidad de la gesti贸n de la residencia en el sentido de que la titularidad correspond铆a a una asociaci贸n, cuya junta directiva registrada en el registro de Asociaciones no resultaba operativa, bien por el fallecimiento de sus miembros, bien por la renuncia de los mismos.

A la vista de la situaci贸n de vaciamiento de facto de la junta directiva, se analiz贸 la situaci贸n y se promovi贸 un cambio de condici贸n del titular del centro. Este proceso de cambio ha supuesto la constituci贸n de una Fundaci贸n Privada, Virgen de la Oliva, que es continuadora de la titularidad que ostentaba la Asociaci贸n Virgen de la Oliva. De esta manera, al tratarse de una persona jur铆dica de base patrimonial se eliminaba el riesgo advertido de vaciamiento del 贸rgano director de la Asociaci贸n, el cual por razones evolutivas se hab铆a ido vaciando de miembros, quedando bloqueado su funcionamiento en la medida que no fueron sustituidos los mismos y por tanto no pod铆a operar con el conjunto de facultades propias de una Junta Directiva de una Asociaci贸n.

La demanda en su d铆a planteada ten铆a como petitum proceder a la disoluci贸n de la Asociaci贸n Virgen de la Oliva precisamente por su vaciamiento y proceder a su transformaci贸n en otra persona jur铆dica viable. En todo caso hay que se帽alar que el proceso de transformaci贸n fue un proceso voluntario que ha dado lugar a una fundaci贸n privada.

El inter茅s del Departamento de Ciudadan铆a y Derechos Sociales viene derivado de la titularidad de un centro residencial de personas mayores, inter茅s que se manifiesta en la necesidad de su viabilidad, el cuidado de las personas mayores residentes y el mantenimiento de los puestos de trabajo asociados a dicho centro.

Por parte del Departamento de Ciudadan铆a y Derechos Sociales no se disponen datos de la contabilidad y balance del centro, dado que el proceso de transformaci贸n es un procedimiento privado. En el mismo sentido no podemos manifestarnos sobre las facultades que alcanzan a los miembros de la corporaci贸n municipal de Ejea de los Caballeros para acceder a informaci贸n de una persona jur铆dica privada, ya sea la Fundaci贸n Virgen de la Oliva o la Asociaci贸n Virgen de la Oliva.

Zaragoza, 8 de junio de 2022.

La Consejera de Ciudadan铆a

y Derechos Sociales

M.陋 VICTORIA BROTO COSCULLUELA